Inacal aprobó requisitos de calidad en la elaboración de los refrescos
Autor: Portal Gobierno del Perú
Los refrescos pueden contener partes de la pulpa del fruto y/o vegetal finamente dividido y deben tener un color uniforme, olor y sabor característico.
El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) aprobó la Norma Técnica Peruana “NTP 203.111.2021 Refrescos. Requisitos”, que establece los requisitos que deben cumplir los refrescos o bebidas no carbonatados para consumo humano, a fin de estandarizar sus procesos y preservar la salud de los consumidores.
“Con la llegada del verano, los refrescos o bebidas no carbonatados (jugos de caja, botella, y bebidas sin gas), suelen ser una alternativa para algunos consumidores y para preservar la inocuidad en sus procesos de elaboración, el Inacal a través de esta norma técnica ofrece a la industria especificaciones de calidad para que sus productos sean aptos para los usuarios, y que además cumplan con estándares y exigencias de seguridad para su comercio en los mercados nacionales e internacionales”, indicó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.
Principales requisitos de calidad
- Los refrescos pueden contener partes de la pulpa del fruto y/o vegetal finamente dividido.
- La conservación de producto puede lograrse a través de tratamientos térmicos, por medios químicos, físicos, u otro según se requiera.
- El agua utilizada para la elaboración de estos productos debe cumplir con lo estipulado en la legislación nacional vigente para agua potable.
- Se puede adicionar vitaminas de acuerdo a los códigos normativos vigentes.
- Los refrescos deben tener un color uniforme, olor y sabor característico.
Deben estar libre de microorganismos patógenos que afecten la inocuidad del producto y representen un riesgo para la salud.
Envases y almacenamiento
En cuanto a los envases para los refrescos, deberán emplearse recipientes de primer uso que aseguren la inocuidad y preservación del producto durante el almacenamiento, transporte y expendio. No deben transmitir al producto ninguna sustancia tóxica, ni olores o sabores extraños.
El producto debe ser almacenado y transportado bajo condiciones óptimas de humedad, temperatura e higiene para evitar su descomposición, considerando la aplicación y uso de las normas y guías de buenas prácticas correspondientes.
Finalmente, la etiqueta o rótulo utilizado para la comercialización, debe cumplir con la legislación nacional vigente o con lo establecido en la Norma Técnica Peruana 209.038 y Norma Metrológica Peruana 001. Además, no deberá tener leyendas de significado ambiguo, ni descripción de características del producto que no puedan ser comprobadas.
Fuente: gob.pe







_Mesa de trabajo 1 (1).png)
.gif)
.gif)


.png)

-16.jpg)
-6.jpg)
-7.jpg)
-1.jpg)

-10.jpg)
-15.jpg)


-19.jpg)




-23.jpg)





-24.jpg)

-2.jpg)
-4.jpg)


-12.jpg)

-33.jpg)



-26.jpg)

-5.jpg)

-22.jpg)

.png)
_4-1.jpg (1).jpeg)

_4-2.jpg (1).jpeg)



-32.jpg)

-37.jpg)



-18.jpg)
-39.jpg)








-3.jpg)
-8.jpg)
.png)

.png)
.png)



-30.jpg)



















003.png)



















-36.jpg)
































-31.jpg)
-21.jpg)
-17.jpg)
-29.jpg)
-35.jpg)
-40.jpg)
-27.jpg)
-11.jpg)
-28.jpg)
-13.jpg)
-14.jpg)
-25.jpg)
-9.jpg)
-38.jpg)
-20.jpg)
-34.jpg)