Autor: Portal Gobierno del Perú
Con la finalidad de poner en valor los productos de nuestra biodiversidad, el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción aprobó una nueva Norma Técnica Peruana “NTP 012.302:2022” sobre requisitos de calidad e inocuidad que debe cumplir el aceite de castaña amazónica extraído de este producto, la cual ha sido pelada y deshidratada previamente.
“Desde el Inacal venimos promoviendo el desarrollo de estándares en la recolección, procesamiento y producción de la castaña amazónica y sus productos derivados a través del proyecto: “Fortalecimiento de la Infraestructura Nacional de la Calidad para el manejo de recursos naturales y el monitoreo de parámetros ambientales y climáticos”. Por ello, esta norma técnica permitirá elevar la calidad y valor agregado del aceite de castaña para mejorar su comercialización y oferta exportable, cumpliendo las exigencias de los mercados internacionales.”, resaltó, Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.
Asimismo, indicó que la recolección de la castaña amazónica es una actividad esencial para los productores del departamento de Madre de Dios, no solo por su aporte a la economía regional, sino porque también mediante la aplicación de buenas prácticas de recolección, poscosecha y manufactura, se busca impulsar el aprovechamiento sostenible y conservación de los bosques amazónicos.
Según la Norma Técnica Peruana, para la elaboración del aceite, la castaña amazónica pelada y deshidrata debe cumplir los siguientes aspectos: contenido de humedad entre 2 % a 4,5 %; su índice de acidez no debe ser mayor al 0,5 % de ácidos grasos libres expresados como ácido oleico; y el índice de peróxido, no mayor a 10 mEq O2/kg. (miliequivalentes de oxígeno por kg, que determina la oxidación inicial del aceite y el deterioro que pueden haber sufrido los antioxidantes naturales, y ciertos componentes de interés nutricional).
Asimismo, se recomienda no usar aditivos y el único ingrediente permitido para el aceite de castaña amazónica es aquel obtenido de la variedad Bertholletia excelsa HBK. Con respecto a los requisitos sensoriales, debe ser de color amarillo claro; de aspecto limpio, brillante, y sin presencia de partículas en suspensión; olor y sabor característico del producto; libre de olores y sabores extraños o rancios.
En cuanto a la composición de ácidos grasos, deben estar conforme a lo solicitado según el país de destino o reglamentación nacional vigente. Sin embargo, el aceite de castaña amazónica debe cumplir como mínimo con la composición de ácidos grasos: ácido palmítico (13,81 %); ácido esteárico (10,02 %); ácido oleico (30,99 %); y ácido linoleico (38,74 %). Los contenidos de ácidos grasos trans deben ser declarados en la etiqueta del producto.
Los envases a utilizar para la comercialización del aceite de castaña amazónica tienen que ser de buena calidad, de grado alimentario y de primer uso; no deben transferir sabores u olores extraños, ni sustancias tóxicas; estar limpios; sellados herméticamente para proteger al producto durante su manipulación, transporte y comercialización; así como para preservar la inocuidad del alimento, y sus cualidades organolépticas y nutricionales.
Finalmente, en el etiquetado se debe indicar el nombre o denominación del producto: “Aceite de castaña amazónica” o “Aceite de nuez amazónica”; identificación de la empresa; origen del producto; condiciones de conservación y almacenamiento; descripción comercial (peso neto y volumen, lote de producción, fecha de vencimiento, código de registro sanitario); y dependiendo de las regulaciones de los países de exportación consignar la información nutricional.
Fuente: gob.pe
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