Produce establece veda reproductiva del recurso merluza
Autor: Diario El Peruano
Por un período de 30 días.
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S, quedando prohibida la extracción del citado recurso a partir de mañana y durante un período de treinta días.
De acuerdo con lo señalado en la Resolución Ministerial N.º 000098-2023-Produce esta disposición no es de aplicación para las embarcaciones pesqueras artesanales implementadas con artes y aparejos de pesca pasivos, incluidas en el Decreto Supremo N° 006-2022-Produce.
El dispositivo legal precisa que el procesamiento del recurso merluza procedente del área marítima antes señalada, debe ser efectuado dentro de las 48 horas de iniciada la veda reproductiva.
Asimismo, la comercialización, transporte y almacenamiento puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el mencionado recurso ha sido extraído antes de la fecha de prohibición.
Monitoreo y control
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento del proceso reproductivo, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas necesarias para cautelar la sostenibilidad de este pez.
En tanto el seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (Sisesat), sin perjuicio de las labores de fiscalización que realice la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, a fin de cautelar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.
Fuente: elperuano.pe


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