Acciones para la Gestión Sanitaria e Inocuidad de los Alimentos en Servicios de Alimentación (Comedores, Catering, Buffetes, Concesionarios, Cafeterías y Afines)
Autor: scielo.org.co
La inocuidad es uno de los elementos que junto con las características nutricionales, organolépticas y comerciales componen la calidad de los alimentos. Esta ha sido definida por el Codex Alimentarius como la garantía de que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparen y/o cuando se consuman, de acuerdo con el uso al que se destinan. Es obvio que la responsabilidad primaria por la inocuidad alimentaria recae en aquellos que producen, procesan y comercializan alimentos, y es su obligación asegurar que estos sean inocuos.
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A pesar de ello, muchas empresas descuidan este aspecto de vital importancia, lo cual puede traducirse en un daño a la salud de los consumidores. De hecho, durante las últimas décadas, la mayoría de los países que cuentan con un sistema de registro de enfermedades transmitidas por alimentos han informado aumentos significativos en la incidencia de estas enfermedades. Este incremento se ha asociado, principalmente, al incumplimiento de las buenas prácticas de manipulación de alimentos (BPM).
Resulta de marcada importancia, entonces, garantizar la calidad sanitaria e inocuidad de las instalaciones que ofrecen alimentos, previendo de esta manera las enfermedades transmitidas por ellos (ETA), pues su repercusión no solo constituye una afectación grave para la salud del consumidor, sino que también influye de forma negativa en la percepción del cliente, incidiendo finalmente en la imagen de la instalación.
Hoy en día las autoridades relacionadas con el sector de la salud pública ven prioritario la adecuada aplicación de las buenas prácticas de manipulación de alimentos (BPM). Estas corresponden a los procesos que controlan las condiciones operacionales dentro de un establecimiento, ejecutadas con el fin de obtener alimentos inocuos, saludables y sanos.
El cumplimiento de estas prácticas se debe realizar sobre la base de las normas sanitarias y los principios generales de higiene de los alimentos, donde se deben considerar las condiciones estructurales de los establecimientos, la cantidad y calidad del agua, el control de los vectores, los residuos sólidos y los residuales líquidos, la higiene y la salud de los empleados, para lo cual es necesario desarrollar la educación sanitaria de estos, el control de todos los procesos, los productos terminados y todo lo que directa e indirectamente tiene relación con la calidad sanitaria de los alimentos.
Por todas las razones citadas anteriormente, y con vista a cumplir con las políticas trazadas por el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria DIGESA, la alta dirección de Restaurantes, Servicios de Alimentación Colectiva (buffets, catering, comedores, concesionarios, etc.) y afines; deben desarrollar un sistema de gestión de inocuidad de los alimentos para garantizar la inocuidad alimentaria y cumplir con las Normas Sanitarias infundidas por Ley y de CARÁCTER OBLIGATORIO.
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