Nuevo escenario regulatorio para la certificación HACCP en el sector alimentario
Autor: Yanithza Mendoza Alvarado - Equipo Industria Alimentaria
La entidad declaró ilegal la exigencia de renovación periódica del Certificado de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP, aunque mantuvo vigentes las obligaciones de control e inocuidad para las empresas.
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró ilegal la exigencia que establecía una vigencia de dos años para el Certificado de Validación Técnica Oficial del Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), documento clave para garantizar la inocuidad en la fabricación de alimentos y bebidas. La decisión fue formalizada mediante la Resolución N.° 0184-2026/SEL-INDECOPI, publicada el 10 de junio de 2026.
Según el organismo, la normativa que imponía este plazo de vencimiento contravenía el marco legal vigente. El análisis concluyó que tanto el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas como la Norma Sanitaria para la aplicación del Sistema HACCP establecieron una restricción temporal para este certificado sin que existiera una ley o decreto legislativo que respaldara expresamente dicha limitación.
La resolución se basa en lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, que señala que los títulos habilitantes emitidos por la administración pública tienen vigencia indeterminada, salvo que una norma con rango de ley establezca lo contrario. En ese sentido, Indecopi determinó que no correspondía fijar un plazo de dos años mediante normas reglamentarias, por lo que dicha exigencia constituye una barrera burocrática ilegal.
No obstante, la entidad precisó que esta decisión no elimina las obligaciones sanitarias de las empresas del sector alimentario ni limita las facultades de supervisión y fiscalización del Ministerio de Salud. Las compañías dedicadas a la elaboración de alimentos y bebidas continúan obligadas a implementar y mantener de manera permanente sus planes HACCP, así como a demostrar su correcta aplicación durante las inspecciones y controles posteriores realizados por la autoridad competente.
La decisión de Indecopi representa un cambio relevante para la industria alimentaria al eliminar la obligación de renovar periódicamente el Certificado de Validación Técnica Oficial del Plan HACCP. Sin embargo, la medida no flexibiliza los estándares de inocuidad ni reduce las responsabilidades de las empresas, que deberán seguir garantizando el cumplimiento permanente de los controles de seguridad alimentaria exigidos por la normativa nacional.
FUENTE: Actualidad Civil




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