Empresas deberán elaborar planes contra el coronavirus
Autor: Ministerio de Salud
Los empleadores deberán contar con estrategias antes de reiniciar sus actividades.
Para la reanudación de las actividades laborales , los empleadores deberán contar con estrategias para vigilar, prevenir y controlar el covid-19 en el trabajo, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o en su caso por el supervisor de seguridad y salud en el trabajo y registrado en el Ministerio de Salud (Minsa) –Instituto Nacional de Salud (INS)– mediante el Sistema Integrado para el Covid (SI Covid-19).
Debido a la circunstancia el Minsa aprobó la Resolución Ministerial Nº 239-2020, para la aplicación de los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al nuevo coronavirus.
El plan debe incluir actividades, acciones e intervenciones que aseguren la limpieza y desinfección de los centros de trabajo, así como la evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o reincorporación al centro de labores.
Asimismo se deben garantizar el lavado y desinfección de manos obligatorio, la sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo y, medidas preventivas de aplicación colectiva.
Se exige además que el documento contenga actividades, acciones e intervenciones que aseguren medidas de protección personal así como la vigilancia de la salud del trabajador ante el covid-19.
Este plan de reanudación de actividades debe especificar el número de trabajadores, riesgo de exposición por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano y bajo), al igual que las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición.
El documento será accesible a las entidades de fiscalización como Susalud y Sunafil, entre otras, a fin de que ejecuten las acciones de su competencia, para lo cual el Minsa establecerá los diferentes niveles de acceso.
Todo este plan recibido por las instancias respectivas se constituye en el instrumento que permitirá la verificación ex post de su cumplimiento.
Antes que el personal se reincorpore a su actividades el empleador deberá brindar la revisión , actualización, actualización o reforzamiento de los procedimientos técnicos que realizaba el trabajador antes de la cuarentena.
De ser el caso, tendrá que reforzar la capacitación en el uso de los equipos o herramientas peligrosas que utiliza el trabajador para llevar a cabo su trabajo.
Las medidas específicas para el proceso de reincorporación al trabajo orientado a trabajadores que hayan obtenido el alta por el covid-19, cuando se trate de casos leves se reincorporarán 14 días después de haber iniciado el aislamiento domiciliario. En los casos moderados o severos, 14 días después del alta clínica aunque este período podría variar. En el caso del personal que se reincorpore a las labores debe evaluarse la posibilidad de que realice trabajo remoto como primera opción. Se controlará la temperatura corporal de cada trabajador como medida de vigilancia de la salud al momento de ingresar al centro de trabajo y al finalizar la jornada laboral. Además, a cada trabajador antes de regresar o reincorporarse al trabajo se le debe aplicar la ficha de sintomatología covid-19.
Fuente: Diario El Peruano, 06 de mayo 2020







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