Autor: Diario La República
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) dejó sin efecto una sanción contra la empresa Panificadora Bimbo del Perú S.A. por comercializar pan blanco sin la advertencia publicitaria “Contiene grasas trans: evitar su consumo”, pese a que el producto sí contaba con estos aceites para la ley peruana.
En julio del 2019, el organismo que vela por la salud de los consumidores advirtió que el producto pan blanco sin bordes de Bimbo, expendido en la cadena Wong, no contaba con la advertencia de grasas trans en su empaque, por lo que transgredía la Ley de Alimentación Saludable. La multa dispuesta por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal llegó a principios de este año.
Sin embargo, el pasado 21 de setiembre, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, en la que Silvia Hooker es su vicepresidenta, y también gerente de Asuntos Internacionales de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), decidió sorpresivamente levantar la multa al considerar que la ley peruana y el Manual de Advertencias Publicitarias “no precisan parámetros para las grasas trans”. En su lugar, Indecopi aplicó lineamientos de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. (FDA). Ello contravino, además, el informe que la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) preparó en setiembre del 2019 sobre este tipo de casos. No había espacio para interpretación alguna. La ley estaba.
De esta forma, la sala habría interpretado que, al no haber una cantidad de grasas trans estipulada para que sea obligatoria la advertencia de publicidad, se pasa a tener como referencia el Codex Alimentarius. Pero, al no estar tampoco previsto en el Codex, corresponde guiarse por las disposiciones de la FDA.
Fuente: larepublica.pe
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