Legislación: posición que debe adoptarse sobre una norma comercial aplicable a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva
Autor: Portal Revista Alimentaria
El Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional ha de adoptar una decisión que modifique una norma comercial aplicable a aceites de oliva.
Se ha publicado la Decisión (UE) 2021/2025 del Consejo, de 15 de noviembre de 2021, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional en lo que respecta a una norma comercial aplicable a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva.
De conformidad con el artículo 7, apartado 1, del Convenio, corresponde al Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional (en lo sucesivo, «Consejo de Miembros») adoptar decisiones que modifiquen las normas comerciales aplicables a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva.
El 25 de noviembre de 2021, durante su 114ª reunión, el Consejo de Miembros ha de adoptar una decisión que modifique una norma comercial aplicable a los aceites de oliva y a los aceites de orujo de oliva (en lo sucesivo, «decisión modificativa»). Procede determinar la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Consejo de Miembros, ya que la decisión modificativa que vaya a adoptar el Consejo de Miembros tendrá efectos jurídicos para la Unión en lo que respecta al comercio internacional con los demás miembros del Consejo Oleícola Internacional y podrá influir de manera determinante en el contenido del Derecho de la Unión, concretamente en las normas de comercialización del aceite de oliva adoptadas por la Comisión en virtud del artículo 75 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
La decisión modificativa ha sido ampliamente debatida por los expertos científicos y técnicos en aceite de oliva de la Comisión y de los Estados miembros. La decision modificativa contribuirá a la armonización internacional de las normas sobre el aceite de oliva y establecerá un marco que garantizará la competencia leal en el comercio de los productos del sector del aceite de oliva. Por lo tanto, procede apoyar la decisión modificativa que vaya a adoptar el Consejo de Miembros.
Fuente: revistaalimentaria.es







_Mesa de trabajo 1 (1).png)
.gif)
.gif)


.png)

-16.jpg)
-6.jpg)
-7.jpg)
-1.jpg)

-10.jpg)
-15.jpg)


-19.jpg)




-23.jpg)





-24.jpg)

-2.jpg)
-4.jpg)


-12.jpg)

-33.jpg)



-26.jpg)

-5.jpg)

-22.jpg)

.png)
_4-1.jpg (1).jpeg)

_4-2.jpg (1).jpeg)



-32.jpg)

-37.jpg)



-18.jpg)
-39.jpg)








-3.jpg)
-8.jpg)
.png)

.png)
.png)



-30.jpg)



















003.png)



















-36.jpg)
































-31.jpg)
-21.jpg)
-17.jpg)
-29.jpg)
-35.jpg)
-40.jpg)
-27.jpg)
-11.jpg)
-28.jpg)
-13.jpg)
-14.jpg)
-25.jpg)
-9.jpg)
-38.jpg)
-20.jpg)
-34.jpg)