Nueva controversia por el etiquetado de tartrazina en Perú: INDECOPI exige claridad normativa
Autor: Fiorella Acevedo - Jefa de Equipo Industria Alimentaria
La reciente exigencia de incluir en los productos alimenticios la leyenda “CONTIENE TARTRAZINA” junto a la frase “uso recomendable de hasta 7.5 mg/kg peso/día”, impuesta a través del Comunicado N° 006-2025-DIGESA/MINSA, ha encendido las alarmas en el sector industrial y regulatorio. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante el Oficio N° 000215-2025-DPC/INDECOPI, ha expresado su preocupación por el mecanismo utilizado para imponer esta obligación, destacando que un comunicado no tiene carácter normativo ni constituye un instrumento legal vinculante.

En su pronunciamiento, INDECOPI remarca que cualquier obligación que afecte directamente a los proveedores debe estar respaldada por un reglamento técnico específico, en concordancia con el principio de legalidad. Esta observación pone en entredicho la validez jurídica del comunicado y plantea la necesidad urgente de una discusión técnica y normativa más robusta, que evite vulnerar los derechos tanto de los consumidores como de las empresas.
El organismo ha solicitado formalmente a DIGESA que aclare si se encuentra en curso la elaboración de un reglamento sobre el uso y etiquetado de la tartrazina (INS 102), sustancia permitida internacionalmente bajo ciertos límites de ingesta diaria. Este requerimiento busca garantizar seguridad jurídica y transparencia regulatoria, elementos claves para una adecuada fiscalización y cumplimiento en el rubro alimentario.
Este pronunciamiento de INDECOPI marca un punto de inflexión para los actores del sector. Es fundamental que las empresas estén preparadas para responder a cambios regulatorios con base en conocimiento técnico y legal actualizado. La coherencia entre ciencia, norma y práctica es indispensable para proteger tanto la salud pública como la competitividad del mercado.
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Fuente: INDECOPI