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Programa plurianual coordinado de Límites Máximos de Residuos de plaguicidas en la UE 2021 – 2023

Autor: AINIA

Imagen del artículo Programa plurianual coordinado de Límites Máximos de Residuos de plaguicidas en la UE 2021 – 2023

Los Límites Máximos de Residuos (LMR´s) se rigen por el Reglamento 396/2005 y sus modificaciones, ahora bien, es necesario ir actualizando esta información y para ello la UE desarrolla programas plurianuales para ver la evolución de los límites máximos de residuos en los alimentos. Es fundamental que tengamos presente que la dieta de los ciudadanos de la UE la componen entre treinta y cuarenta productos alimenticios. Además de este dato también hay que valorar que el empleo de los plaguicidas va cambiando y por ello es muy recomendable hacer un seguimiento de los plaguicidas en esos productos alimenticios con arreglo a un ciclo trienal.

La evaluación para el próximo trienio se ha aprobado a través del  REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/585 DE LA COMISIÓN de 27 de abril de 2020 relativo a un programa plurianual coordinado de control de la Unión para 2021, 2022 y 2023 destinado a garantizar el respeto de los Límites Máximos de Residuos (LMRs) de plaguicidas en los alimentos de origen vegetal y animal y a evaluar el grado de exposición de los consumidores a estos residuos.

De acuerdo con lo establecido se recogerán resultados de los análisis que harán los distintos Estados miembros y se facilitarán a EFSA para evaluar la situación. En este próximo período se aportarán un total de 638 muestras para un mínimo de 32 productos alimenticios que para el próximo trienio son:

2021

2022

2023

Uvas de mesa

Manzanas

Naranjas

Plátanos

Fresas

Peras

Pomelos

Melocotones, incluidas las nectarinas e híbridos similares

Kiwis

Berenjenas

Vino (tinto o blanco) de uvas

Coliflores

Brécoles

Lechugas

Cebollas

Melones

Repollos

Zanahorias

Setas cultivadas

Tomates

Patatas

Pimientos dulces

Espinacas

Judías (secas)

Trigo en grano

Avena en grano

Centeno en grano

Aceite de oliva virgen

Cebada en grano

Arroz pardo (descascarillado)

Grasa de bovino

Leche de vaca

Grasa de aves de corral

Huevos de gallina

Grasa de porcino

Hígado de bovino

 

Entre los plaguicidas que serán objeto de control en este programa encontramos: 2,4-D, 2-Fenilfenol, Abamectina, Acefato, Acetamiprid, Acrinatrina, Aldicarbo, Aldrín y dieldrín, Ametoctradina, Azinfós-metilo, Azoxistrobina, Bifentrina, Bifenilo, Bitertanol, Boscalida, Ion bromuro, Bromopropilato, Bupirimato, Buprofecina, Captán, etc. Pudiendo consultarse el resto en las partes C y D del anexo I del Reglamento 585/2020.

Los resultados que se consigan de estos controles servirán para que la UE pueda modificar valores en los plaguicidas controlados en función de los resultados obtenidos. Debemos tener en cuenta que estos programas se plantean para recabar estos datos al margen de toda la actividad de control oficial que llevan a cabo las autoridades competentes en cada uno de los Estados miembros. No obstante, es importante que conozcamos de la existencia de estas actuaciones, dado que es muy probable que desde el control oficial se tomen muestras para obtener datos sobre estos plaguicidas.

 

Fuente: AINIA, 13 DE MAYO DE 2020

https://bit.ly/2ZecWsx

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15/05/2020 19:55

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