Autor: Ministerio de Salud
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria –DIGESA, ha comunicado a el día de hoy a sus administrados que, a partir del 23 de julio del 2021, entra en aplicación el “Reglamento aprobado por el D.S. N° 033-2016 y en cuyo numeral 6.2 se establece el proceso de reducción gradual hasta la eliminación de las grasas trans en los alimentos y bebidas no alcohólicas procesados industrialmente”. Por consiguiente, se les recuerda que no estará permitida la elaboración, importación y comercialización de aceites y grasas parcialmente hidrogenadas, ni tampoco su uso como ingrediente en la elaboración de alimentos y bebidas industrializadas. En dicho sentido, todos los administrados deberán declarar o modificar la información ya presentada, a través del TUPA 30 o 31 respectivamente, respecto al proceso tecnológico utilizado y que sea diferente de la hidrogenación parcial que genera grasas trans en el producto final.
Fuente: Ministerio de Salud del Perú
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