Indecopi propone reglamento de etiquetado de transgénicos tras 15 años de espera
Autor: Valeria Muñoz Espinoza - Equipo Industria Alimentaria
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Después de 15 años de inacción, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha presentado un proyecto de reglamento que establece una tolerancia del 3% para la presencia de organismos vivos modificados (OVM) en alimentos, sin necesidad de indicarlo en la etiqueta. Esta propuesta, emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) mediante la Resolución Ministerial N° 010-2025-PCM el 22 de enero de 2025, estará abierta a comentarios públicos durante 90 días.
El abogado y excongresista Jaime Delgado ha criticado el artículo 4 del proyecto, que establece el umbral del 3%, argumentando que contraviene el Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC) vigente desde 2010. Según Delgado, esta disposición podría vulnerar el derecho de los consumidores a estar plenamente informados sobre los productos que consumen.
El artículo 4 del proyecto estipula que los alimentos envasados con más del 3% de componentes genéticamente modificados deben incluir en su etiquetado frases como "Alimento Genéticamente Modificado" o "Alimento GM". Delgado sostiene que esta medida es ilegal, ya que el CPDC no contempla excepciones basadas en porcentajes, y afirma que responde a presiones de la industria alimentaria para evitar regulaciones estrictas.
La Asociación Peruana de Consumidores (ASPEC) ha señalado que una disposición complementaria del CPDC otorgaba al Poder Ejecutivo un plazo de 180 días hábiles para emitir un reglamento que detallara las directrices específicas para su aplicación. Sin embargo, este reglamento no se había emitido hasta ahora, lo que ha retrasado la implementación de la normativa durante más de 15 años.
ASPEC también recuerda que tanto Indecopi como el Poder Judicial han emitido resoluciones en el pasado que obligan a etiquetar cualquier producto que contenga transgénicos, independientemente de su porcentaje, por lo que la actual propuesta resulta "irregular". Delgado enfatiza que el artículo 37 del CPDC es autoaplicativo y no está condicionado a la emisión de un reglamento, por lo que cualquier producto con componentes genéticamente modificados debe indicarlo en su etiqueta.
En conclusión, la reciente propuesta de Indecopi para el etiquetado de alimentos con OVM ha generado controversia debido a su aparente contradicción con la legislación vigente y las resoluciones previas. La discusión se centra en el equilibrio entre la protección al consumidor y las demandas de la industria alimentaria, resaltando la necesidad de transparencia y cumplimiento de las normas establecidas para garantizar el derecho de los peruanos a estar informados sobre los productos que consumen.
Fuente: Portal INFOBAE